Retenciones reducidas del 7% para autónomos
Los nuevos profesionales autónomos pueden retener opcionalmente de manera reducida un 7 % en lugar del 15 % general durante los tres primeros años de actividad.
Esta medida se ofrece para dotar de mayor liquidez a las nuevas actividades empresariales desarrolladas por trabajadores autónomos.
Recuerda además, que si el 70% del total de tus ingresos están sujetos a retención, estarás exento de presentar la liquidación trimestral del pago fraccionado de IRPF Modelo 130.