Asesoramiento legal gratuito
Considera el caso de las personas físicas que cumplen con los requisitos establecidos en la Ley de Enjuiciamiento Civil para beneficiarse de la asistencia jurídica gratuita. Esta opción vincula la situación con la normativa legal vigente.
Las personas físicas con una unidad familiar de un máximo de tres miembros y cuyos ingresos económicos brutos anuales no superen 2,5 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) (21.000 € anuales).
Así como aquellas con una unidad familiar de cuatro miembros o familia numerosa (25.200 € anuales), tendrán derecho a la no tributación de patrimonio.
Para aquellas familias que se encuentren en circunstancias excepcionales, la no tributación de patrimonio está permitida hasta 5 veces el IPREM (42.000 € anuales).
En el ámbito jurisdiccional social
Gozan del derecho a la asistencia jurídica gratuita los trabajadores, los beneficiarios del sistema de seguridad social, las víctimas de violencia de género, de terrorismo y de trata de seres humanos, los menores de edad y las personas con discapacidad psíquica, así como aquellas personas que a causa de un accidente acrediten secuelas permanentes que les impidan totalmente la realización de sus ocupaciones laborales o profesionales.
Además, excepcionalmente, se puede reconocer el derecho a aquellas personas cuyos ingresos no excedan del quíntuplo del IPREM, siempre que se acredite la existencia de intereses familiares contrapuestos en el litigio, tenga la condición de ascendiente de una familia numerosa de categoría especial y se valore objetivamente las circunstancias del solicitante, el número de hijos a su cargo, las tasas judiciales y otros costes derivados de la iniciación del proceso.
Notas: Para determinar si una persona física en España puede beneficiarse de alguna exención o reducción en las costas de un juicio debido a su situación económica, es necesario analizar varios factores y consultar la normativa vigente.
La condición mencionada sobre los ingresos y la unidad familiar puede ser relevante para acceder a ciertos beneficios sociales o ayudas, pero no necesariamente implica una exención automática en el pago de las costas de un juicio.