Prestación por desempleo para afectados en nuevas contrataciones
Decreto Ley 15/2020, de 21 de abril, de medidas urgentes complementarias para apoyar la economía y el empleo.
Con la aprobación de este D.L. se podrá solicitar la prestación por desempleo si:
– El trabajador no ha superado el periodo de prueba, a partir del 9 de marzo de 2.020.
– Bajas voluntarias desde el 1 de marzo de 2.020, con compromiso de incorporación en otra empresa y finalmente se ha pospuesto o cancelado debido a la situación actual.
La normativa se aprueba con la intención, de dar cobertura en prestaciones a aquellas personas que en proceso de conseguir un nuevo empleo, se han visto afectadas por la nuevas circunstancias provocadas por la pandemia del COVID-19.
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