El modelo 349 es una declaración informativa que recoge las operaciones intracomunitarias realizadas por autónomos y empresas sujetas al Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA). Es decir, se utiliza para declarar las compras y ventas de bienes y servicios a otros países de la Unión Europea.
¿Qué operaciones se declaran en el modelo 349?
- Entregas intracomunitarias de bienes: Cuando vendes un bien a un empresario o profesional de otro país de la UE.
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- Ejemplo: Una empresa española vende maquinaria a una empresa francesa.
- Adquisiciones intracomunitarias de bienes: Cuando compras un bien a un empresario o profesional de otro país de la UE.
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- Ejemplo: Un autónomo español compra material de oficina a una empresa alemana.
- Prestaciones intracomunitarias de servicios: Cuando prestas un servicio a un empresario o profesional de otro país de la UE.
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- Ejemplo: Una empresa española de diseño gráfico realiza un proyecto para una empresa italiana.
- Adquisiciones intracomunitarias de servicios: Cuando recibes un servicio de un empresario o profesional de otro país de la UE.
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- Ejemplo: Un autónomo español contrata los servicios de una empresa portuguesa de marketing online.
Alta en el sistema de operaciones intracomunitarias
Antes de emitir este tipo de facturas tenemos que darnos de alta en el registro de operadores intracomunitarios (ROI). Y para ello hay que acceder a la web de la Agencia Tributaria y en el modelo 036 y activar la casilla 582.
Con esta acción se nos asignará un nº de IVA internacional o VAT. Y esperamos la confirmación por parte de la AEAT a través de una notificación. Este número coincidirá cono nuestro CIF o NIF precedido por el prefijo ES-.
VIES: Consulta de operadores intracomunitarios. Donde podemos verificar la validez de un número de IVA en un país determinado seleccionando en el menú desplegable el Estado Miembro / Irlanda del Norte e indicando luego el número de IVA que a comprobar.
Notas:
- Las facturas intracomunitarias no llevan ningún tipo de retención (p.e. IRPF).
- Autorrepercusión del IVA: Tú, como empresa española, deberás emitir una factura rectificativa o un asiento contable para registrar el IVA soportado y el IVA repercutido. Este IVA repercutido lo podrás deducir en tu declaración de IVA.
El IVA se aplica si prestamos el servicio desde nuestro país, en nuestro caso, si nos desplazamos a otro, no.
Presentación del Modelo 349
Se utiliza para presentar el resumen de las operaciones intracomunitarias anuales, por lo que tendremos que estar dados de alta previamente en el modelo 036 como ROI. Es una declaración informativa de carácter mensual o bimensual si se superan los 50.000 € en operaciones o trimestral en caso contrario.
¿Quién debe presentar el modelo 349?
Están obligados a presentar el modelo 349 todos los autónomos y empresas que realicen operaciones intracomunitarias, siempre que estén dados de alta en el Registro de Operaciones Intracomunitarias (ROI).
¿Cuándo se presenta el modelo 349?
La periodicidad de presentación del modelo 349 puede ser mensual, trimestral o anual, dependiendo del volumen de operaciones.
- Mensual: Si el importe de las operaciones del año anterior supera los 35.000 euros.
- Trimestral: Si el importe de las operaciones del año anterior no supera los 35.000 euros, pero sí los 15.000 euros.
- Anual: Si el importe de las operaciones del año anterior no supera los 15.000 euros.
¿Dónde puedo encontrar más información?
Puedes obtener más información sobre el modelo 349 en la página web de la Agencia Tributaria:
- Sede Electrónica de la Agencia Tributaria: enlace web al trámite: agenciatributaria.gob.es/AEAT.sede/tramitacion/GI28.shtml
- También puedes consultar con un asesor fiscal para que te ayude a determinar si estás obligado a presentar el modelo 349 y cómo hacerlo correctamente.
- Unidad gestora: Agencia Estatal de Administración Tributaria.
- La identificación telemática se realiza a través de cl@ve pin, DNI electrónico, certificado electrónico.
Recomendaciones:
- Asesoramiento fiscal: Es altamente recomendable que consultes a un asesor fiscal especializado en comercio intracomunitario. Él podrá guiarte en todo el proceso y asegurarse de que cumples con todas tus obligaciones fiscales.
- Documentación: Guarda toda la documentación relacionada con la operación (factura, certificado de inscripción en el ROI, etc.), ya que puede ser requerida por la Administración tributaria en caso de inspección.
- Actualización: La normativa fiscal está en constante evolución, por lo que es importante mantenerse informado sobre los últimos cambios.