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Modelo 115 Retenciones e ingresos a cuenta

Autónomos

Rentas o rendimientos procedentes del arrendamiento o subarrendamiento de inmuebles urbanos.

 

El Modelo 115 es un documento que debe presentar todas aquellas personas o entidades, incluidas las administraciones públicas.

 

Esto se debe a que estas entidades deben satisfacer rentas sujetas a retención o ingreso a cuenta por rendimientos del capital inmobiliario y de actividades económicas procedentes del arrendamiento o subarrendamiento de inmuebles urbanos correspondientes a contribuyentes por el impuesto sobre la renta de las personas físicas, o satisfagan rentas procedentes del arrendamiento o subarrendamiento de inmuebles urbanos correspondientes a sujetos pasivos del impuesto sobre sociedades, así como las correspondientes a establecimientos permanentes de contribuyentes por el impuesto sobre la renta de no residentes.

 

«El modelo a presentar 115 por todas aquellas personas o entidades, incluidas las administraciones públicas, que estén obligadas a retener o a ingresar a cuenta del impuesto sobre la renta de las personas físicas, del impuesto sobre sociedades y del impuesto sobre la renta de no residentes (establecimientos permanentes).

 

Y satisfagan rentas sujetas a retención o ingreso a cuenta por rendimientos del capital inmobiliario y de actividades económicas procedentes del arrendamiento o subarrendamiento de inmuebles urbanos correspondientes a perceptores que tengan la consideración de contribuyentes por el impuesto sobre la renta de las personas físicas.

 

O satisfagan rentas procedentes del arrendamiento o subarrendamiento de inmuebles urbanos correspondientes a sujetos pasivos del impuesto sobre sociedades, así como las correspondientes a establecimientos permanentes de contribuyentes por el impuesto sobre la renta de no residentes»

 

Modelo a cumplimentar y documentación requerida: modelo 115. Se presentará en los veinte primeros días naturales siguientes al trimestre natural. para gran empresa: veinte primeros días de cada mes.

 

La identificación de los contribuyentes se realiza a través del DNI electrónico, el certificado electrónico o la Cl@ve PIN.

 

Estos métodos permiten a los contribuyentes autenticarse de forma segura para presentar de forma telemática los trámites a la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) o a las entidades colaboradoras.

 

Esto garantiza la seguridad de los trámites y datos, permitiendo al contribuyente realizar los trámites de forma rápida y segura.

 

Enlace web al trámite: https://www.agenciatributaria.gob.es/AEAT.sede/tramitacion/GH02.shtml

 

El Ministerio de Hacienda / Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) es el organismo encargado de la gestión y recaudación de los tributos municipales. El plazo para la realización de los trámites tributarios es de tiempo indefinido desde su iniciación de oficio por parte del interesado.

 

El silencio no tiene ningún efecto y no pone fin a la vía administrativa. Esta vía administrativa no permite el seguimiento de la tramitación.

 

El tipo de trámite que se lleva a cabo en el Ministerio de Hacienda / Agencia Estatal de Administración Tributaria es el servicio tributario.

 

 

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