Regularización IRPF por falta de presentación
La regularización del IRPF por no haberlo presentado es un procedimiento derivado del impuesto sobre la renta de las personas físicas que persigue la comprobación de los hechos, actos, elementos, actividades, explotaciones y demás circunstancias determinantes de la obligación tributaria.
El procedimiento se inicia de oficio por parte de la administración. No pone fin a la vía administrativa. Y depende de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
Es el interesado/a quien debe responder al requerimiento.
La presentación puede realizarse de manera telemática. O presencialmente en las oficinas de la AEAT. Por escrito a través de las oficinas de correos y demás lugares contemplados en el artículo 38.4 de la ley 30/1992. La identificación se realiza a través de: DNI electrónico, cl@ve pin, certificado electrónico.
Plazo: 6 meses.
El efecto del silencio es su caducidad.
Enlace web al trámite: agenciatributaria.gob.es/AEAT.sede/tramitacion/G227.shtml
Trámites online:
- Presentar autoliquidación, declaración tributaria o solicitud (100).
- Efectuar alegaciones y/o aportar documentos o justificantes.
- Contestar requerimientos o presentar documentación relacionada con una notificación recibida de la AEAT.
Depende del: Ministerio de Hacienda Agencia Estatal de Administración Tributaria