Impuestos especiales a hidrocarburos Modelo 571
Impuestos especiales. Reconocimiento previo, por la oficina gestora de aduanas e impuestos especiales, a la aplicación del derecho a la devolución de las cuotas satisfechas por el impuesto especial sobre hidrocarburos por el consumo de productos objeto del impuesto a los que sean de aplicación los tipos establecidos en la tarifa 1ª, en usos distintos a los de combustible y carburante, y por la utilización de productos objeto del impuesto en proyectos piloto para el desarrollo tecnológico de productos menos contaminantes.
Unidad gestora: Agencia Estatal de Administración Tributaria
Modelo a cumplimentar: escrituras o documentos del registro de la propiedad
Documentación requerida: solicitud de autorización para la aplicación del beneficio de la devolución del impuesto sobre hidrocarburos.
La identificación se realiza a través de: DNI electrónico, certificado electrónico, cl@ve PIN.
Tipo de presentación: telemática, o en las oficinas de la AEAT.
Plazo: 6 meses
Ámbito: Estatal
Forma de iniciación: de oficio
Tipo trámite: procedimiento tributario.
Enlace web al trámite: agenciatributaria.gob.es/AEAT.sede/tramitacion/DN02.shtml
Depende del: Ministerio de Hacienda Agencia Estatal de Administración Tributaria
- Pone fin a la vía administrativa: no
- Seguimiento tramitación: no
- Efecto del silencio: negativo