Devolución ingresos indebidos por impuestos especiales (II.EE.)
solicitud del sujeto pasivo del impuesto o del repercutido ante la oficina gestora de impuestos especiales, que tramita y acuerda la procedencia o no de la devolución.
Unidad gestora: Agencia Estatal de Administración Tributaria
Modelo a cumplimentar y documentación requerida: solicitud de devolución de las cuotas indebidamente satisfechas.
La identificación se realiza a través de: certificado electrónico, DNI electrónico, cl@ve pin
Tipo de presentación: telemática. oficinas de la AEAT
Plazo 6 meses, de ámbito estatal.
Forma de iniciación: de oficio.
Procedimiento de tipo tributario. Efecto del silencio es negativo.
No pone fin a la vía administrativa.
Seguimiento tramitación: no
Enlace web al trámite: agenciatributaria.gob.es/AEAT.sede/tramitacion/DJ15.shtml
Depende del Ministerio de Hacienda Agencia Estatal de Administración Tributaria.