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Declaración sumaria de descarga

declaraciones sumarias de descarga

Procedimiento tributario de presentación de declaraciones sumarias de descarga

 

La declaración sumaria se exige como requisito previo para asignar destino aduanero a la mercancía introducida en el territorio aduanero comunicatio y deberá ser presentada de forma general antes de la llegada de la mercancía a dicho territorio.

 

En el caso de la declaración sumaria de descarga para mercancía introducida por vía marítima, la declaración puede presentarse en papel o por vía electrónica mediante mensaje edifact, a través de Internet, bien a las autoridades portuarias o a la propia AEAT en virtud del acuerdo de ventanilla única entre la AEAT y puertos del estado.

 

En transporte aéreo la presentación se realiza directamente a la AEAT.

 

Pone fin a la vía administrativa: no

 

Seguimiento tramitación: no

 

Unidad gestora: Agencia Estatal de Administración Tributaria

 

Modelo a cumplimentar y documentación requerida: deberán seguir el modelo incluido en la normativa arriba indicada (anexos).

 

La identificación se realiza a través de: DNI electrónico, certificado electrónico, cl@ve pin

 

Tipo de presentación: telemática. Oficinas de la AEAT

 

Plazo: 6 meses

 

Forma de iniciación: interesado

 

Tipo trámite: procedimiento tributario.

 

Enlace web al trámite: agenciatributaria.gob.es/AEAT.sede/tramitacion/DA01.shtml

 

Depende del Ministerio de Hacienda Agencia Estatal de Administración Tributaria

 

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