El procedimiento de comprobación limitada persigue la comprobación de los hechos, actos, elementos, actividades, explotaciones y demás circunstancias determinantes de la obligación tributaria.
Unidad gestora: Agencia Estatal de Administración Tributaria.
Modelo a cumplimentar y documentación requerida: se inicia de oficio por la administración.
La identificación se realiza a través de: cl@ve pin, certificado electrónico, DNI electrónico
Tipo de presentación: telemática. Oficinas de la AEAT. En oficinas de correos y demás lugares contemplados en el artículo 38.4 de la ley 30/1992
Tipo trámite: procedimiento tributario.
Enlace web al trámite: https://www.agenciatributaria.gob.es/AEAT.sede/tramitacion/DQ05.shtml
Depende del Ministerio de Hacienda Agencia Estatal de Administración Tributaria:
- Plazo: 6 meses
- Ámbito: Estatal
- Forma de iniciación: interesado
- Efecto del silencio: caducidad
- Pone fin a la vía administrativa: no
- Seguimiento tramitación: no