Bajas voluntarias de los trabajadores
En una baja laboral voluntaria, se cobra el finiquito, pero no la indemnización acumulada por la posible antigüedad en la empresa.
Si se traslada a otra empresa, y no supera el periodo de prueba, podrá solicitar la prestación pero para ello necesitará que hayan transcurrido más de tres meses desde la baja voluntaria (siempre que se reúnan el resto de requisitos para cobrar el paro).
¿Cómo comunicar la baja voluntaria en mi empresa?
Realizar la comunicación preavisando con 15 días de antelación, según contratos y convenios, y además realizándola de manera fehaciente por escrito. Es aconsejable, imprimir dos copias para quedarnos con una firmada y sellada por una persona representante de la empresa (en su caso del área de dirección o de recursos humanos)
No obstante, cada caso se estudiará de forma particular para evitar fraude. Ya que resulta habitual la práctica de pactar con la empresa la salida voluntaria a cambio de simular un despido objetivo, alegando alguna causa tipificada en la normativa laboral, como por ejemplo un bajo rendimiento laboral continuado.
Puedes acceder a más información en la web del SEPE.