Ayudas de la Consellería de Economía y Competitividad de 5.000 euros para autónomos caib.es.
Las solicitudes se atenderán por orden de recepción. Los interesados pueden dirigirse a cualquier registro de la Comunidad de las Islas Baleares (CAIB), ayuntamientos, consejos y en el de Correos.
Los beneficiarios están obligados a mantener su actividad empresarial y su alta en la Seguridad Social o equivalente durante al menos tres años aplicados desde la fecha de alta en la Seguridad Social o equivalente.
El período de 36 meses se puede contabilizar de forma no continuada siempre que en el proyecto empresarial presentado se justifique la estacionalidad para ejecutarlo y siempre que el alta en la Seguridad Social o equivalente sea por periodos de seis meses, dentro de un máximo de seis años consecutivos.
Quedan excluidos de las ayudas que establece esta convocatoria los socios de sociedades mercantiles de capital y aquellos que participen en una actividad de naturaleza autónoma sin ser titulares, aunque sea de forma personal, habitual y directa.
Igualmente quedan excluidos los trabajadores que hayan ejercido la misma o similar actividad como autónomos o por cuenta propia durante el año anterior a la fecha de inicio de la actividad para la que se solicita la subvención, y los que ya hayan percibido la ayuda para el establecimiento como trabajador autónomo con anterioridad.
La Dirección General de Comercio y Empresa es el órgano competente para tramitar las peticiones de ayudas de esta convocatoria.