Procedimiento sancionador de inspección AEAT
Procedimiento dirigido a analizar la comisión de una infracción tributaria, y a imponer, de resultar procedente, la sanción que corresponda.
La unidad gestora es la Agencia Estatal de Administración Tributaria. No pone fin a la vía administrativa.
Documentación requerida: el procedimiento se inicia de oficio por la administración. La identificación se realiza a través de: certificado electrónico, cl@ve pin, DNI electrónico
Tipo de presentación: telemática. Oficinas de la AEAT, oficinas de correos y demás lugares contemplados en el artículo 38.4 de la ley 30/1992.
Su plazo es de 6 meses. La forma de iniciación es por parte de los interesados. Tiene efecto del silencio por caducidad.
Enlace web al trámite: agenciatributaria.gob.es