Impuesto sobre la renta de las personas físicas y no residentes.
Establece la sujeción al impuesto sobre la renta de las personas físicas, al impuesto sobre la renta de no residentes y al impuesto de sociedades de los premios de las loterías y apuestas organizadas por la sociedad estatal loterías y apuestas del estado y otros órganos tanto nacionales como de otros estados miembros de la Unión Europea o del espacio económico europeo y que hasta ahora estaban exentos
- Ver en la AEAT (Gravamen especial sobre los premios de determinadas loterías y apuestas).
El Modelo 136 es un formulario de autoliquidación para la presentación de las declaraciones de los impuestos de Sucesiones y Donaciones.
Esta documentación debe ser presentada en línea a través de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT). Para poder presentar el modelo 136 es necesario contar con una identificación válida.
Esta identificación se puede realizar mediante el DNI electrónico, un certificado electrónico o con Cl@ve PIN. El Modelo 136 debe ser presentado de forma telemática a través de la AEAT. Una vez recibida la declaración, la AEAT realizará la autoliquidación de los impuestos correspondientes.
Es importante tener en cuenta que el Modelo 136 es un procedimiento tributario y, como tal, se deben cumplir todas las regulaciones establecidas por la AEAT. Si hay alguna duda acerca del proceso, se recomienda acudir a un profesional o a una entidad especializada.
Enlace web al trámite: agenciatributaria.gob.es/AEAT.sede/tramitacion/GH09.shtml
Depende del Ministerio de Hacienda Agencia Estatal de Administración Tributaria:
- Ámbito: Estatal
- Plazo: no tiene.
- Forma de iniciación: interesado
- Efecto del silencio: no tiene.
- Pone fin a la vía administrativa: no
- Seguimiento tramitación: no
En conclusión, el Modelo 136 es un documento de autoliquidación para la presentación de las declaraciones de los impuestos de Sucesiones y Donaciones. Para poder presentarlo es necesario contar con una identificación válida y presentarlo a través de la AEAT.
Es importante tener en cuenta que se trata de un procedimiento tributario y que se deben cumplir estrictamente todas las regulaciones establecidas.
Por último, y como siempre indicamos en caso de duda es recomendable acudir a un profesional o a una entidad especializada.